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Ley de ordenación de la edificación

La Ley de Ordenación de la Edificación (LOE), comúnmente conocida como Ley de Edificación, que se encuentra vigente desde el año 1999 en España, es la normativa que regula los ámbitos de aplicación y las competencias y obligaciones de los agentes que intervienen en un proyecto de construcción de un edificio de carácter permanente, ya sea público o privado. De esta forma, la ley ampara al comprador si durante cierto tiempo encuentra desperfectos constructivos en el inmueble adquirido. Podrá realizarse una reclamación ante la justicia para que se estime si existen responsables de dichos desperfectos y ofrecer una solución al comprador en el caso de que el juez falle a su favor.

¿Cuál es el plazo de garantía ante defectos constructivos?

Los plazos de garantía que establece la Ley de Edificación son tres, uno para cada defecto constructivo:

  • 1 año: para aquellos defectos que tengan que ver con los acabados, como la solería o los azulejos.
  • 3 años: para los defectos de habitabilidad, como las humedades.
  • 10 años: para los defectos estructurales, como grietas derivadas de una mala cimentación.

Estos plazos empiezan a correr desde la fecha del Acta de Recepción de la Obra por el promotor o, en su defecto, el Certificado Final de la Obra o Expediente de Licencia de Primera Ocupación del Ayuntamiento del municipio. Si constatamos algún defecto, no tenemos por qué efectuar la reclamación durante el periodo de garantía, pero si poder demostrar que el defecto se manifestó durante este periodo, levantando un acta notarial fotográfica y encargando el Dictamen de un perito.

¿Cuál es el plazo para realizar la reclamación por un defecto constructivo?

Una vez que los defectos constructivos aparecen y preconstituimos la prueba de ello, contamos con dos años para realizar la reclamación y exigir al vendedor que nos ofrezca una solución al problema. De lo contrario, perderemos el derecho a hacerlo. No obstante, hay que tener en cuenta que cada caso puede tener sus particularidades, por lo que siempre es recomendable acudir a un abogado especialista para que pueda asesorarnos sobre los pasos a seguir.