Certificado energético 2030: ¿la nueva barrera para vender o alquilar tu vivienda en España?
El 1 de enero de 2030 se acerca rápidamente y marcará un punto de inflexión en los esfuerzos globales por construir un futuro sostenible y respetuoso con el medioambiente. Esta es la fecha que la ONU estableció en 2015 al presentar su Agenda para el Desarrollo Sostenible, fijando 17 Objetivos y 169 Metas con el propósito de que, llegado el momento, podamos afirmar que vivimos en un planeta más justo, próspero y equilibrado.
De hecho, el inmobiliario es uno de los sectores vitales para que, al acabar la presente década, hayamos logrado varios de estos grandes retos —como el de la creación de Ciudades y Comunidades Sostenibles, el del impulso a la Industria, la Innovación y la Infraestructura o el de la utilización de métodos de Producción y Consumo Responsables—. Lo que explica que en Europa y España ya se estén empezando a aplicar medidas específicas para garantizar que las viviendas sean más sostenibles y eficientes desde el punto de vista energético.
Una de las más importantes es la del certificado energético 2030, la cual genera cada día que pasa más dudas e interrogantes entre las personas interesadas en adquirir, vender o alquilar una vivienda en los próximos años. Por ello, en Vía Célere te explicamos en qué consiste y cómo puede afectar a las operaciones inmobiliarias.

¿Qué es el certificado energético 2030?
En España, a partir del 1 de junio de 2013 es obligatorio que cualquier vivienda cuente con un certificado de eficiencia energética (CEE) para poder venderse o alquilarse. Este documento indica el consumo energético del inmueble y sus emisiones de CO₂, y tiene una validez de 10 años, salvo en el caso de las viviendas con la calificación más baja (categoría G), cuya vigencia se reduce a 5 años. Además, desde agosto de 2025, este requisito también se aplica al proceso de tasación hipotecaria previo a cualquier compraventa.
Sin embargo, en los últimos meses se ha extendido el rumor de que esta normativa iba a endurecerse muy pronto. En concreto, se ha llegado a hablar del certificado energético 2030, como una medida que iba a entrar en vigor el 1 de enero de ese año y según la cual todos los inmuebles que se vendieran o alquilaran a partir de ese momento iban a estar obligados a contar con una etiqueta energética de, al menos, categoría E. Lo que, al parecer, forzaría a reformar aquellos que actualmente se encontraran en las dos categorías más ineficientes (F y G).
Pero, en realidad, esta afirmación carece de fundamentos y corresponde a una interpretación errónea de la normativa actual. La más reciente es la Directiva de la Unión Europea 2024/1275 del Parlamento Europeo y del Consejo, del 24 de abril de 2024, relativa a la eficiencia energética de los edificios. Esta no obliga a los países comunitarios —y, por tanto, tampoco a España— a prohibir la compraventa o el alquiler de las viviendas con baja calificación. Sino que, en su lugar, les invita a decidir cómo aplicará cada uno sus propias medidas, con el objetivo común de alcanzar las emisiones ‘cero’ en el año 2050.
¿Qué decisiones ha tomado España sobre el mencionado certificado energético 2030?
En concreto, en el caso de los edificios residenciales, la mencionada directiva anima a cada Estado miembro a «adoptar su propia trayectoria nacional para reducir el consumo medio de energía primaria de los edificios residenciales en un 16 % de aquí a 2030 y en un 20-22 % de cara a 2035». Además, señala que «las medidas nacionales tendrán que garantizar que al menos el 55 % de la disminución del consumo medio de energía primaria se logre mediante la renovación de los edificios menos eficientes, pero los estados miembros tienen la libertad para decidir a qué edificios irán destinadas las medidas y en qué consistirán estas».
Y respecto a los edificios de obra nueva, agrega que «todos los edificios residenciales y no residenciales nuevos deben generar cero emisiones in situ procedentes de combustibles fósiles, a partir del 1 de enero de 2028, en el caso de los edificios de propiedad pública, y a partir del 1 de enero de 2030, en el caso de todos los demás edificios nuevos, con posibilidad de exenciones específicas».
Así que, con el propósito de adoptar estas medidas, el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana ya ha anunciado la elaboración del Plan Nacional de Renovación de Edificios PNRE 2026. Este sustituirá al Plan de trabajo anterior (ERESEE) y fijará los compromisos y acciones específicas que se adaptarán para la rehabilitación energética y la descarbonización de los edificios. Por lo que tendrá los siguientes objetivos:
- Impulsar la rehabilitación energética de los edificios residenciales y no residenciales ya existentes, mejorando su eficiencia.
- Fomentar la instalación de sistemas de generación de energía renovable en los edificios.
- Promover la innovación en el sector de la construcción, apoyando la industrialización, la circularidad y digitalización de sus procesos.
- Detallar la financiación y gobernanza del plan, definiendo tanto las inversiones como sus fuentes de financiación.

¿Habrá algún tipo de prohibición en 2030 respecto a la compraventa o el alquiler?
No, actualmente no hay ninguna norma en España o en la Unión Europea que vaya a limitar la compraventa o el alquiler de viviendas residenciales en un futuro cercano por no alcanzar unos mínimos de eficiencia energética. Por lo tanto, no será necesario un certificado energético 2030 específico, sino el estándar vigente desde 2013, independientemente de la letra que este presente.
En este sentido, el único cambio reciente es el ya comentado, y que desde agosto de 2025 sí nos obliga a disponer de este certificado energético a la hora de solicitar la tasación del inmueble con vistas a la formalización de una hipoteca.
¿Cómo influirá la eficiencia energética en el mercado de la vivienda?
Pese a todo lo comentado, sí es importante que todas las personas que tenga previsto participar en el mercado inmobiliario o acceder a él en los próximos años tengan en cuenta que la eficiencia energética del parque de viviendas será cada vez más importante. La Unión Europea busca que para 2050 el parque inmobiliario sea de cero emisiones, por lo que en 2028 obligará a promotores y constructores a que los edificios nuevos de los organismos públicos cumplan con esta condición, y en 2030 extenderá la norma a todos los de obra nueva, incluyendo también los residenciales.
Para lograr este propósito, es posible que en el futuro el Gobierno español implemente nuevas normativas que afecten al mercado y que incluyan alguna restricción. Aunque, mientras tanto, la certeza que tenemos es que la letra del certificado energético de una vivienda va a ser un factor de mercado cada vez más importante. Lo que significa que aquellos con una baja calificación (como E, F o G) se devaluarán progresivamente, mientras que los de alta calificación (A, B o C) resultarán más interesantes y valiosos.

Vía Célere te acompaña en la búsqueda de la vivienda eficiente ideal
En definitiva, el llamado certificado energético 2030 no supondrá una prohibición para vender o alquilar viviendas, pero la eficiencia energética será cada vez más determinante en el valor de los inmuebles. Anticiparse es clave: mejorar la calificación energética de tu vivienda no solo contribuye a la sostenibilidad, sino que aumenta su atractivo en el mercado.
Infórmate hoy y descubre cómo Vía Célere puede ayudarte a encontrar o adquirir una vivienda eficiente y preparada para el futuro.

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